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Entra en vigor el Convenio sobre el trabajo marítimo (CTM 2006) (OIT)

El convenio exige a los propietarios de buques un seguro obligatorio que cubra el abandono de la gente de mar, así como sus reclamaciones por muerte o discapacidad a largo plazo.

Fuente: Cadena de Suministro. Leer noticia aquí (24/01/2017)

Foto: INCOTRANS® – International Business Advisors ©

 

Otras noticias relacionadas:

 

«La Unión Europea implantará un único sistema de certificación para los trabajadores del sector marítimo» (11/12/2017)

Fuente: Cadena de Suministro. Leer noticia aquí

 

«Aprobadas las reglas para el control del convenio sobre el trabajo marítimo en buques españoles» (14/05/2015)

Fuente: Diario Marítimas.

 

El Consejo de Ministros del 8 de mayo aprobó un Real Decreto sobre cumplimiento y control de la aplicación del convenio sobre el trabajo marítimo 2006 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en buques españoles. El texto articula un procedimiento coordinado de inspección y control de los requisitos que han de cumplir los buques civiles españoles a los que sea de aplicación el convenio.

 

Con este paso se incorpora al ordenamiento jurídico español una Directiva comunitaria del 2014 sobre determinadas responsabilidades del Estado del pabellón en materia de cumplimiento y control del convenio sobre el trabajo marítimo. Cabe recordar que el convenio de la OIT recoge tanto el derecho de la gente del mar a trabajar en condiciones de trabajo decente, como la responsabilidad que incumbe a cada Estado de cumplir plenamente y controlar la aplicación del mismo. En el caso de España, estas tareas competen a diferentes organismos de los ministerios de Empleo y Seguridad Social y de Fomento.

 

Distribución de funciones

A la Inspección de Trabajo y Seguridad Social le corresponde la vigilancia y exigencia de las normas legales, reglamentarias y contenido normativo de los convenios colectivos en el ámbito de las normas de ordenación del trabajo y relaciones sindicales, prevención de riesgos laborales, sistema de seguridad social y empleo.

Por otra parte, el Instituto Social de la Marina le compete la realización de programas y actividades dirigidos a otenciar la seguridad  marítima, el reconocimiento del derecho a las prestaciones del Régimen especial de los Trabajadores del Mar: la asistencia sanitaria y el control de los medios sanitarios a bordo.

Finalmente, la Dirección General de la Marina Mercante de Fomento será el órgano ompetente para la ordenación  general de la avegación marítima y de  la flota civil española, así como para expedir y renovar el certificado de trabajo marítimo y la declaración de conformidad laboral marítima a los que se refiere el convenio.

 

«Europa aumenta la protección jurídica de los trabajadores del mar» (16/12/2014)

Fuente: Cadena de Suministro. Leer noticia aquí

 

El Consejo de Ministros para el Desarrollo y Política Social de la Unión Europea ha alcanzado recientemente un acuerdo, propuesto por la Comisión, en el que se establece una orientación general, para modificar la Directiva 16148/1/14 REV1 de trabajadores del mar. Con las nuevas modificaciones, el organismo europeo establece una protección más uniforme para los derechos laborales de la gente del mar, para poner remedio a una situación jurídica actual que da lugar a un trato desigual, según defiende el propio Consejo.

 

«EU looks to include seafarers in its legislation» (13/12/2014)

Source SCLine. Read news here

 

«La CE prepara una directiva sobre tiempos de trabajo en la navegación interior» (30/06/2014)

Fuente: Diario del Puerto. Leer noticia aquí

 

El 7 de julio, la Comisión Europea tiene previsto proponer una nueva Directiva sobre el tiempo de trabajo para los trabajadores de la navegación interior. La propuesta de Directiva tiene por objeto aplicar un acuerdo alcanzado por los representantes a nivel de la UE de empresarios y trabajadores en este sector, que esté adaptado a las peculiares condiciones de trabajo en la navegación interior. 

 

«Próxima directiva sobre tiempos de trabajo en la navegación interior» (30/06/2014)

Fuente: Diario del Puerto. Leer noticia aquí

 

«El nuevo convenio sobre el trabajo marítimo de la OIT, en vigor» (21/08/2013)

Fuente: Diario del Puerto. Leer noticia aquí

 

El Convenio sobre el trabajo marítimo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) entró en vigor ayer, 20 de agosto, inaugurando una nueva era de trabajo para los marineros. «Este Convenio es un hito en la historia marítima», declaró el director General de la OIT, Guy Ryder, «es el fruto del diálogo tripartito y de la cooperación internacional, que posibilita el impulso de condiciones decentes de trabajo y de vida de los marineros, así como de condiciones justas para los armadores en la más globalizada de las industrias.»

 

«Convenio sobre el trabajo marítimo»

Fuente: OIT (Organización Internacional del Trabajo). Leer noticia aquí

 

«El Convenio Internacional sobre Trabajo Marítimo entrará en vigor en España el próximo 20 de agosto» (06/06/2013)

Fuente: Diario del Puerto. Leer noticia aquí

 

El Convenio Internacional sobre el Trabajo Marítimo, 2006 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el MLC-2006 entrará en vigor en España el próximo 20 de agosto de 2013 (BOE de 22.01.13) y se aplicará a casi el 60% de la flota comercial mundial. Si bien para algunos Estados que han ratificado el Convenio sus normas son una novedad, como es el caso de Filipinas, país que provee a la flota mundial del 30% de marineros, las normas laborales españolas ya recogen la gran mayoría de las exigencias de este Convenio (aunque, en España son necesarias algunas actuaciones, tanto por parte de la Administración -ministerios de Fomento y de Empleo y Seguridad Social- como de las empresas navieras y agencias de contratación de tripulantes, sobre todo en aspectos documentales).