Con objeto de generar el mayor valor añadido a sus usuarios, INCOTRANS® – International Business Advisors ofrece en esta sección una selección de recursos disponibles en Internet. Imagen: INCOTRANS® – International Business Advisors ©
Última revisión, a 02 de enero de 2018.
Tablas – Material elaborado por el equipo de INCOTRANS a disposición de nuestros clientes:
* Tabla «Incoterms® 2010», by INCOTRANS.
* Tabla «Cálculo de precios de exportación origen-destino por concepto y modo de transporte», by INCOTRANS.
* Tabla «Costes de Transporte Marítimo en contenedor», by INCOTRANS.
* Tabla «Cláusulas de Transporte Marítimo» (Contratación de fletes y términos de entrega), by INCOTRANS.
* Tabla «Responsabilidades del operador en cada modo de transporte (internacional de mercancías)», by INCOTRANS.
* Tabla «Tipología de cargas», by INCOTRANS.
* Tabla «Coberturas de seguro de transporte de mercancías (riesgos cubiertos y excluidos)», by INCOTRANS.
* Tabla «Los principales documentos del comercio exterior», by INCOTRANS.
* Tabla «Comparativa de los medios de cobro y pago internacionales», by INCOTRANS.
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Legislación:
Registro de textos de CONVENCIONES y OTROS INSTRUMENTOS RELATIVOS AL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL.
Naciones Unidas. Ver documento aquí.
CÓDIGOS INTERNACIONALES. Ver info aquí
Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Descargar documento aquí.
Contratación Internacional:
* Convenio de Viena (Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, Viena, 1980). Ver Convenio aquí.
* Principios UNIDROIT sobre los contratos comerciales internacionales 2004. Ver link aquí.
UNIDROIT = International Institute for the Unification of Private Law / Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado.
Durante la 90ª reunión de su Consejo de Gobierno, que se celebró el 10 de mayo de 2011, el Instituto aprobó la tercera edición de sus Principles of International Commercial Contracts; los denominados Principios UNIDROIT (2010). Ver link aquí.
* Centro de documentación sobre escritos y sentencias legales (tarea que la UNCITRAL y UNIDROIT han llevado a cabo con el esteblecimiento de un sistema de información llamado «Case Law on Uncitral Texts» (CLOUT). Ver aquí
* Base de datos CISG, fuente de referencia de sentencias judiciales. Ver aquí
Avances en la aplicación de los principios UNIDROIT sobre los contratos mercantiles internacionales. Cláusula modelo para contratantes.
María Concepción Pablo-Romero Gil-Delgado (Profesor Titular Derecho Mercantil, Universidad Pública de Navarra)
Recibido: 01.11.2013 / Aceptado: 07.11.2013. Ver documento aquí.
* Convención sobre la Prescripción en materia de Compraventa Internacional de Mercaderías (Nueva York, 1974). Ver documento aquí (en español e inglés).
* Directiva 86/653/CEE del Consejo de 18 de diciembre de 1986 relativa a la coordinación de los derechos de los Estados Miembros en lo referente a los agentes comerciales independientes. Ver documento aquí.
* Convention on Agency in the International Sale of Goods (Geneva, 17 February 1983) (UNIDROIT). See link here.
* Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia (legislación española). Ver BOE aquí.
– Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible (*), aprobada en el Congreso el 15/02/2011, en su disposición adicional decimosexta modifica parcialmente la Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia (en adelante, LCA), al añadir una nueva disposición adicional primera a la LCA que introduce importantes novedades. Ver BOE aquí.
* Marco jurídico del contrato de distribución en España:
1.- Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia. No es directamente aplicable, pero los Tribunales (incluso el TS) han mantenido en ocasiones la aplicación analógica (a efectos de la extinción de los contratos).
2.- Regulación propia de la distribución de vehículos automóviles e industriales (concesionarios) (*). Ver resumen ejecutivo de la CNC aquí.
3.- Principios UNIDROIT sobre los contratos comerciales internacionales.
4.- Convenio de Viena (Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, Viena, 1980).
* Convenio de Roma de 1980 sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (versión consolidada). Ver link aquí.
* Ley aplicable a las obligaciones contractuales – Reglamento Roma I (REGLAMENTO (CE) No 593/2008 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de junio de 2008 sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I)). Ver link aquí. Ver Reglamento aquí
«El Reglamento Roma I sustituye hoy al Convenio de Roma» (17/12/2009)
Fuente: Pedro de Miguel. Leer artículo aquí
– La ley aplicable en contratos de agencia internacional con agente español. Ver artículo de José Francisco Alés García aquí
– Contratos de distribución: llegó la ansiada regulación legal. Ver artículo de José Francisco Alés García aquí
* Reglamento (UE) 1215/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. Ver más info aquí. Ver Reglamento aquí
* La expresión «Bruselas I» suele utilizarse para designar el REGLAMENTO (CE) No 44/2001 DEL CONSEJO de 22 de diciembre de 2000 relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. Ver documento en español aquí, y en inglés here.
* Convención de Nueva York (Convención sobre el reconocimiento y la ejecución de las sentencias arbitrales extranjeras, Nueva York, 1958). Ver documento aquí (en español e inglés).
* Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI (1976, revisado en 2010). Ver documento aquí (en español e inglés).
CNUDMI = Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional.
UNCITRAL = United Nations Commission on International Trade Law.
CNUCYD = Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo.
UNCTAD = United Nations Conference on Trade and Development.
* ICC Rules of Arbitration in several languages. Ver link a documento (en inglés y español) aquí.
«2012 Arbitration Rules and 2014 Mediation Rules» SPANISH version. Ver link a documento aquí
CCI = Cámara de Comercio Internacional.
ICC = International Chamber of Commerce.
Legislación española:
* Ley 5/2012, que asigna a las Cámaras la función arbitral, permitiendo su actuación como instituciones de mediación.
* Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. Ver BOE aquí.
* Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. Ver documento aquí.
* Reglamento de procedimiento de la Corte Española de Arbitraje. Ver documento aquí.
* La nueva Ley 11/2011, de 20 de mayo, de reforma de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y de regulación del arbitraje institucional en la Administración del Estado, tiene como objetivo contribuir al fomento de los medios alternativos de solución de conflictos y, en especial, del arbitraje. Ver BOE aquí.
* Noticia sobre el Contrato de Distribución (legislación española) (02/07/2013)
Fuente: Cinco Días. Leer noticia aquí
Nota:
En derecho se considera norma imperativa (normas de derecho imperativo / normas de carácter imperativo) a aquella norma jurídica que posee un contenido del que los sujetos jurídicos no pueden prescindir, de manera que la regulación normativa que se haga de la materia tendrá completa validez independientemente de la voluntad del individuo.
El concepto de norma imperativa se contrapone al de norma dispositiva, pues en este último supuesto, la norma y su contenido están supeditadas al principio de autonomía de la voluntad, y su aplicación está limitada a los supuestos en los que los sujetos no regulen sus relaciones en sentido distinto al dictado por la norma dispositiva.
Incoterms 2010:
* Incoterms® 2010 rules. By the International Chamber of Commerce (ICC), ICC Publication No. 715, 2010 Edition. See link here
* ICC Incoterms®-Regeln. By the International Chamber of Commerce (ICC), ICC Publication No. 715 ED, 2010 Edition, Germany. See link here
Transporte Internacional:
* UNECE (United Nations Economic Commission for Europe). See link here
* Síntesis de la Legislación de la Unión Europea (UE), en materia de Transportes. Ver link aquí
El transporte internacional de mercancías por carretera se rige por los siguientes acuerdos:
* Convenio CMR (Convenio CMR relativo al Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera, Ginebra, 19 mayo 1956) ((BOE nº 109, de 7 de Mayo de 1974) . Ver documento, en español aquí, en inglés aquí.
Modificado por el Protocolo de Ginebra de 5 de Julio de 1978 (BOE nº 303, de 18 de Diciembre de 1982).
CMR = Convention relative au contrat de transport international par route.
* Directiva 2003/96, que regula los tipos mínimos del impuesto sobre hidrocarburos. Ver DOUE aquí
* Convenio TIR (Convenio de Transporte Internacional por Carretera TIR-Transport International Routier, Ginebra, 14 noviembre 1975). Ver documento, en español aquí, en inglés aquí.
* Acuerdo ADR (Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera). Ver documento, en español aquí.
* Acuerdo ATP (Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas). REAL DECRETO 1202/2005, de 10 de octubre, sobre el transporte de mercancías perecederas y los vehículos especiales utilizados en estos transportes. Ver documento, en español aquí
Legislación española:
* Ley 9/2013, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y la Ley 21/2003, de 7 de julio,de Seguridad Aérea. Descargar pdf del BOE aquí
«La reforma de la LOTT es ya la Ley 9/2013, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres» (23/05/2014). La nueva LOTT entrará en vigor el próximo 25 de julio (08/07/2013)
Fuente: INCOTRANS® – International Business Advisors ©. Leer noticia aquí
«Conferencia sobre las nuevas normativas que afectan el transporte por carretera» (10/04/2014)
Fuente: Diario Marítimas. Leer noticia aquí
La conferencia estaba diseñada para focalizar y desmenuzar los cambios operativos derivados de la nueva Orden FOM 2861/2012; la nueva LOTT; las novedades y aplicación práctica del nuevo RD94/2014 sobre transporte, carga y descarga de mercancías peligrosas; e introducir a las empresas transitarias en los métodos y herramientas en el mercado para el cálculo de la huella de carbono en el transporte y distribución, coincidiendo con la reciente aprobación hace menos de una semana del RD 163/2014 sobre el Registro de la huella de carbono.
* Instrumento de Adhesión de 23 de septiembre de 1982 al Protocolo correspondiente al Convenio relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera (CMR), hecho en Ginebra el 5 de julio de 1978. BOE-A-1982-33602. Descargar BOE aquí
* Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías (LCTTM). Descargar del BOE aquí
* Orden FOM/1882/2012, de 1 de agosto, por la que se aprueban las condiciones generales de contratación de los transportes de mercancías por carretera. Descargar del BOE aquí
* ORDEN FOM/2181/2008, de 22 de julio, por la que se dictan reglas sobre la realización de transportes de cabotaje en España. Descargar BOE aquí
El transporte internacional de mercancías por ferrocarril se rige por los siguientes acuerdos:
* Reglas CIM (Convenio Internacional relativo al Transporte de Mercancías por Ferrocarril-CIM, Berna, 1970). Ver link, en español aquí.
* Convenio Internacional relativo a los Transportes Internacionales por Ferrocarril-COTIF (Berna, 09 mayo 1980). Ver link, en español aquí.
En vigor en España desde el 1 de mayo de 1985, BOE de 18 de enero de 1986.
* Reglamento RID, para el Transporte de Mercancías Peligrosas por ferrocarril. Ver link, en español aquí.
Enmiendas al Reglamento relativo al transporte internacional de mercancías peligrosas por ferrocarril (RID 2015), Anejo al Convenio relativo a los Transportes Internacionales por Ferrocarril (COTIF), hecho en Berna el 9 de mayo de 1980, adoptadas por la Comisión de expertos para el transporte de mercancías peligrosas en su 53ª sesión celebrada en Berna el 22 de mayo de 2014. Ver BOE aquí.
Legislación española:
* Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario. Descargar pdf del BOE aquí
* Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario (LSF). Descargar pdf del BOE aquí
* Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario (RSF). Descargar pdf del BOE aquí
La regulación legal en el transporte marítimo nacional se hace a través del Código de Comercio (en España ya no), y otras reglamentaciones de cada país, y en internacional a través de diferentes convenios:
* Reglas de La Haya-Visby (Convenio de Bruselas de 1924 y sus protocolos). Ver link aquí.
– Convenio internacional para la unificación de ciertas reglas en materiade conocimientos. Bruselas, 25 de agosto de 1924.
– Protocolo por el que se modifica el Convenio internacional para la unificaciónde ciertas reglas en materia de conocimientos, firmado en Bruselas el 25 de agosto de 1924. Bruselas, 23 de febrero de 1968. Ver doc aquí
– Protocolo por el que se modifica el Convenio internacional para la unificación de ciertas reglas en materia de conocimiento de embarque de 25 de agosto de 1924, tal y como se modificó por el Protocolo de 23 de febrero de 1968. Bruselas, 21 de diciembre de